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Art. 17, fr. IV LFPIORPI

¿Tus empresas se prestan dinero entre ellas?

Los préstamos entre empresas del mismo grupo pueden ser actividad vulnerable. La mayoría de los grupos no lo sabe hasta que llega el requerimiento.

¿Te aplica?

Situaciones en las que probablemente eres sujeto obligado

  • Tesorería central

    Una empresa del grupo concentra el dinero y presta o recibe de las demás.

  • Mutuos intercompañía

    Hay contratos de mutuo o cuentas de préstamos entre empresas en la contabilidad.

  • Socios y empresas

    Los socios prestan a las empresas, o las empresas a los socios.

  • Nada presentado

    Nunca se han presentado avisos, informes ni informes en ceros.

Diagnóstico gratuito · 2 minutos

¿Qué tan expuesta está tu empresa?

Responde unas preguntas y obtén tu semáforo PLD con las multas que corresponden a cada faltante. No pedimos datos para ver el resultado.

Qué hacemos

Nos encargamos del cumplimiento completo

  • Determinamos si el grupo acredita ser grupo empresarial y, operación por operación, si va en aviso o en informe 27 Bis.
  • Identificamos al beneficiario controlador de cada sociedad a partir del cuadro accionario y del control real.
  • Conciliamos auxiliares contables, cédulas y estados de cuenta antes de declarar.
  • Alta en el SPPLD, avisos, informes mensuales e informes en ceros.
  • Expedientes de identificación por sociedad y por ejercicio.
  • Regularización de los años no prescritos y escrito de autocorrección.

Por qué ahora

Dos fechas que cambian el costo de esperar

1/jun/2027

Entran los nuevos formatos de la UIF. Los avisos que se presenten desde entonces, aun de operaciones anteriores, usan el formato nuevo.

Art. 55

Si te corriges por tu cuenta y antes de una visita de verificación, la autoridad se abstiene de sancionar por única ocasión. Después de la visita, ese beneficio ya no aplica.

Cómo trabajamos

Tres pasos

  1. Diagnóstico

    Revisamos qué te aplica, qué tienes y qué falta. Sin costo.

  2. Regularización

    Alta, expedientes, avisos atrasados y escrito de autocorrección, con precio fijo.

  3. Cumplimiento mensual

    Avisos, informes, listas, expedientes y capacitación, con cuota mensual.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Un préstamo entre empresas del mismo grupo también se avisa?

Depende. Las reglas de carácter general permiten que ciertas operaciones entre integrantes de un grupo empresarial se reporten en un informe (art. 27 Bis) en lugar de aviso, pero hay que acreditar que el grupo existe. Lo determinamos sociedad por sociedad y por fecha.

No somos financiera, ¿por qué nos aplica?

La fracción IV del art. 17 se refiere precisamente a quienes otorgan préstamos o créditos sin ser entidad financiera, de forma habitual o profesional.

¿Qué pasa con los años en que no cumplí?

Lo no presentado prescribe a los cinco años; lo que no ha prescrito se puede regularizar. Si te corriges por tu cuenta y antes de una visita de verificación, la autoridad se abstiene de sancionar por única ocasión (art. 55 LFPIORPI).

¿Qué cambia el 1 de junio de 2027?

Entran en vigor los nuevos formatos de la UIF publicados en el DOF el 24 de septiembre de 2026. Los avisos que se presenten a partir de esa fecha, aun de operaciones anteriores, deben usar el formato nuevo.

¿Cuánto cuesta?

El diagnóstico inicial no tiene costo. Después te proponemos un precio fijo por la regularización y, si lo quieres, una cuota mensual por el cumplimiento continuo.

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