Art. 17, fr. VIII LFPIORPI
Vender autos, motos o camiones es actividad vulnerable
Lotes de seminuevos, motos, camiones y maquinaria en Guadalajara y todo Jalisco.
¿Te aplica?
Situaciones en las que probablemente eres sujeto obligado
Nuevos y seminuevos
Vendes vehículos, con o sin financiamiento.
Pagos de terceros
Recibes pagos de personas distintas al comprador.
Efectivo
Parte del enganche o del precio llega en efectivo.
Sin expediente
No integras expediente por comprador.
Diagnóstico gratuito · 2 minutos
¿Qué tan expuesta está tu empresa?
Responde unas preguntas y obtén tu semáforo PLD con las multas que corresponden a cada faltante. No pedimos datos para ver el resultado.
Qué hacemos
Nos encargamos del cumplimiento completo
- Alta en el SPPLD.
- Expediente de compradores y de su beneficiario controlador.
- Monitoreo de montos y acumulación; avisos e informes mensuales.
- Control de efectivo conforme a las restricciones de la ley.
- Capacitación anual para vendedores.
- Regularización y atención de requerimientos.
Por qué ahora
Dos fechas que cambian el costo de esperar
1/jun/2027
Entran los nuevos formatos de la UIF. Los avisos que se presenten desde entonces, aun de operaciones anteriores, usan el formato nuevo.
Art. 55
Si te corriges por tu cuenta y antes de una visita de verificación, la autoridad se abstiene de sancionar por única ocasión. Después de la visita, ese beneficio ya no aplica.
Cómo trabajamos
Tres pasos
Diagnóstico
Revisamos qué te aplica, qué tienes y qué falta. Sin costo.
Regularización
Alta, expedientes, avisos atrasados y escrito de autocorrección, con precio fijo.
Cumplimiento mensual
Avisos, informes, listas, expedientes y capacitación, con cuota mensual.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Aplica también a seminuevos?
Sí. La fracción VIII comprende la comercialización de vehículos nuevos o usados.
¿Qué pasa con los años en que no cumplí?
Lo no presentado prescribe a los cinco años; lo que no ha prescrito se puede regularizar. Si te corriges por tu cuenta y antes de una visita de verificación, la autoridad se abstiene de sancionar por única ocasión (art. 55 LFPIORPI).
¿Qué cambia el 1 de junio de 2027?
Entran en vigor los nuevos formatos de la UIF publicados en el DOF el 24 de septiembre de 2026. Los avisos que se presenten a partir de esa fecha, aun de operaciones anteriores, deben usar el formato nuevo.
¿Cuánto cuesta?
El diagnóstico inicial no tiene costo. Después te proponemos un precio fijo por la regularización y, si lo quieres, una cuota mensual por el cumplimiento continuo.
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